miércoles, 3 de septiembre de 2008

Me cortaré un dedo(I)o gobernando para unos pocos, 2 de julio de 2007

Leí en el suplemento Crónica del periódico "El Mundo" de ayer, 1º de julio del 2007, la espeluznante promesa de un padre de familia de clase media de cortarse un dedo para conseguir puntos suficientes para que sus hijos vayan al colegio concertado que el desea. Colegio donde espera que sus hijos reciban una educación similar a la que él mismo recibió durante la dictadura de Franco, en este mismo país llamado España. Que, ahora, treinta años más tarde y según dicen democrático, como en tantas otras cosas, el mayoritario ciudadano común se ve indefenso ante un estado y un sistema de gobierno que lo único que hace es proteger los intereses y gobernar para minorías(1); empezando por la que ellos mismos encarnan como clase política(2), del color que sea, cargada de privilegios y condiciones laborales y sociales(3), a años luz del resto de los otros ciudadanos de esta Nación. Para seguir  por la de los  delincuentes y criminales, quienes parecen haber hallado aquí el ansiado país de Jauja; con una justicia indolente y morosa que no actúa. Y cuando lo hace, lo hace tarde y muchas veces mal, favoreciendo a la parte(4) que no al todo(5), al poderoso que no al débil,(6) dando más al que tiene y quitando al que no tiene(7) . Y así, tantas y tantas cosas por un mismo estilo.

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Actualizado en 04.01.2011
(1) Esquizofrenia con la financiación, publicado por abc.es,en 16.8.08, artículo del que reproduzco algunos párrafos: "(...) el problema que está aflorando es el de los cambios radicales introducidos en el Estado autonómico a través del Estatuto de Cataluña, cuyo principio político fundamental es el de la relación bilateral entre La Generalitat y el Estado. Por eso, suena a juego sucio contra José Montilla que desde el PSOE se le recuerden los valores constitucionales de la solidaridad y la igualdad, cuando lo cierto es que las reclamaciones financieras del Gobierno catalán tienen el sustento legal del Estatuto y el impulso político de los compromisos personales de Rodríguez Zapatero. (...).
No basta con que, ahora Pedro Solbes censure a quienes se preocupan más del dinero que del modelo financiero. (...), porque precisamente ese fue el argumento central del pacto con el que Zapatero rescató in extremis el proyecto estatutario en un acuerdo opaco con los nacionalistas de CiU,(...). Lo que hizo Zapatero fue romper el modelo vigente para crear un marco privilegiado para Cataluña, tanto en los compromisos de inversión estatal en esta Comunidad, como en la relación bilateral y confederal con el Estado. Los intereses partidistas primaron en el acuerdo de Rodríguez Zapatero con CiU sobre el Estatuto, y esta es la razón de su incompatibilidad material con la Constitución -al margen de lo que diga el Tribunal Constitucional- y del interés general de España." 

(2)42 Privilegios y derroches de la clase política española. Recomiendo la lectura íntegra de este artículo.





(3)¿Conoces los escandalosos privilegios en las pensiones de jubilación y sueldos de políticos y cargos públicos? Invertia.com, 29.01.2010,
(...)que así como el ciudadano nunca podrá percibir dos salarios del erario público, el ministro, el senador, diputado, secretario, etc…, podrán percibir dos y tres salarios del Erario Público. (...)un tercio del sueldo de los diputados o senadores no está sujeto a IRPF porque se considera como indemnización para gastos de su cargo.
(...) a los miembros del Gobierno les basta con jurar el cargo y acumular siete años de ejercicio para poder obtener la pensión máxima de jubilación.
Y este gran privilegio lo tienen gracias a la llamada pensión parlamentaria, que está prevista en el Reglamento de pensiones parlamentarias de fecha 11 de julio de 2006, que es la pensión que las Cortes Generales abonan con cargo a su presupuesto a quienes hayan sido miembros del Congreso de Diputados o del Senado durante al menos 7 años.
Más gracioso todavía es ...la indemnización por cese del parlamentario.(...)Es decir, un parlamentario que al mes percibe como salario medio mensual 4.000 €,(...)cuando cese su cargo no tendrá la prestación de desempleo, así que, (...), por ello se establece una suculenta indemnización por cese.

(...), también se establece la indemnización que permita hacer frente al período de transición que se da entre la disolución de las Cámaras y la constitución de las mismas tras las elecciones en el que no es evidente si se va a continuar en el desempeño del cargo.
La indemnización por cese parlamentario será el equivalente de una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato parlamentario en las Cortes Generales y hasta un límite de 24 mensualidades. Esta indemnización además se abonará mensualmente.
Idénticos motivos se adujeron para justificar la indemnización por cese de los ministros, permitiendo que dicha indemnización fuera compatible con el cargo de diputado o senador o con cualquier otro tipo de remuneración.
De manera que cuando el ministro cesa en su cargo, tendrá derecho a una indemnización del 80% de su salario hasta dos años como máximo y tal percibo de cantidades la podrá compaginar con la remuneración por diputado o senador y cuando cese en el cargo de diputado o senador también tendrá derecho a una indemnización por cese que será una mensualidad por año de cargo y además tendrá asegurada la base máxima de la pensión de jubilación si ha estado en el cargo parlamentario al menos siete años.
Asimismo, podrá compatibilizar este mismo Ministro su indemnización por cesantía en el Parlamento europeo como es el caso de muchos ministros que cobran pensiones como ex comisario europeo por ejemplo compatibilizando esa pensión con su remuneración como ministro del Gobierno y cuando cese en ese cargo percibirá también la pensión del 80 % por cesantía como Ministro y así indefinidamente."
(4)El Supremo advierte al Constitucional de que no volverá a dejarle 'pisar' sus competencias.Acata la anulación de condena a 'los Albertos' exigida por el TC en febrero, pero replica que entre sus funciones no están decisiones sobre la "legalidad ordinaria, ideal.es, 27.06.08
"La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha acatado la anulación de condena a 'los Albertos' (Alberto Cortina y Alberto Alcocer) que exigió en febrero el Tribunal Constitucional (TC), acerca de la compensación en la vía penal de los empresarios a sus socios minoritarios de Urbanor. El TS ha añadido, eso sí, que este sometimiento sólo sucederá en este caso"
(5)Favorable a los Albertos. El Supremo cierra el 'caso Urbanor'La sentencia del Tribunal Supremo, que acoge la doctrina del Tribunal Constitucional sobre prescripción del delito, ha cerrado de forma definitiva el 'caso Urbanor' con la absolución de Alberto Cortina y Alberto Alcocer del delito de estafa "con todas las consecuencias favorables" para los empresarios, según la sentencia de fecha 25 de junio y 15 páginas.
(...)"De este modo, el Alto Tribunal desestima todos los argumentos de los accionistas minoritarios y pone punto y final a la controversia suscitada entre las partes, tras la sentencia del Constitucional del pasado 20 de febrero, respecto a la devolución o no del dinero pagado por 'los Albertos' en concepto de responsabilidad civil, pago al que fueron condenados por el Alto Tribunal.

Las acusaciones particulares, encabezadas por el arquitecto Pedro Santieri y el constructor Julio San Martín presentaron ante el Supremo sendos escritos de aclaración de la sentencia del Constitucional respecto a la responsabilidad civil. Ambos consideraban que el amparo otorgado por el TC era "irregular" y no implicaba la anulación de los pronunciamientos sobre responsabilidad civil. El Ministerio Fiscal se adhirió a esta posición(...)"

(6)EL OBRERO MURIÓ TRAS CAER DESDE OCHO METROS .Cuarta sentencia en un mes que responsabiliza a un trabajador de su propio accidente laboral.El empleado 'debe poner de su parte para evitar desgracias', asegura el fallo del Tribunal Superior de Cataluña.


(7)TRABAJABA SIN MEDIDAS DE SEGURIDAD.Un juez niega la indemnización a un obrero que quedó tetrapléjico por entender que fue imprudente. elmundo.es

"La Audiencia de Barcelona ha dejado sin indemnización a un trabajador que se quedó tetrapléjico tras precipitarse por el hueco de una obra, en la que estaba trabajando sin las preceptivas medidas de seguridad, por entender que su actuación fue "imprudente".
Según la Sección Segunda del tribunal provincial, el trabajador "procedió a subirse a un caballete aceptando voluntariamente el riesgo de precipitarse al vacío", por lo que concluye que el accidentado "omitió la más elemental norma de cuidado".
La sentencia revoca el fallo del Juzgado de lo Penal número 1 de Mataró, que condenó al empresario y al arquitecto de la construcción a un año de prisión para cada uno y al pago de una indemnización para el trabajador de 380.000 euros. Además, el fallo del tribunal provincial no admite ningún recurso. "










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